En marzo del año pasado hablaba de unos diseños de Gibson, entre ellos el de la Flying V. En la imagen promocional que recogía entonces se puede ver que el diseño tenía número 181867 de patente en los EE.UU. que, si se consulta en Google, se puede ver que está fechada el 7 de enero de 1958. Deseando hacer lo mismo en Europa, la empresa solicitó una patente en la EUIPO (la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea) el 16 de junio de 2010 sobre la siguiente marca tridimensional aplicada a tres categorías (aparatos e instrumentación; instrumentos musicales; y ropa, calzado y sombrerería):
Aunque en primera instancia se les concedió, Hans-Peter Wilfer, propietario de Warwick y Framus, solicitó su impugnación en lo referente a instrumentos musicales. En 2016, la sección de cancelaciones de la EUIPO atendió esta solicitud y falló a favor de Wilfer, alegando que el solicitante [de registro] no estableció el caracter distintivo adquirido por dicha marca en la Unión Europea
. Gibson apeló en 2018 y perdió, tras lo que llevó su apelación al Tribunal General de la UE.
Un panel de tres jueces ha desestimado esta segunda apelación, obligando a Gibson a pagar las costas del proceso. En su fallo del 28 de junio de 2019, la corte declara que a pesar de que la forma de la Flying V era muy original cuando salió al mercado en 1958, [el solicitante (Gibson)] no puede negar la evolución del mercado durante los 50 años posteriores, caracterizado en adelante por la disponibilidad de una amplia variedad de formas […] La originalidad de la forma debe ser evaluada a la luz de la situación del mercado tomando como punto de partida la fecha de la solicitud […]
En esa línea, señalan que la presencia en el mercado de un número significativo de formas con las que se encuentran los consumidores hace improbable que vayan a considerar una forma determinada como perteneciente a un fabricante específico, sino más bien que sea una de las varias formas que caracterizan al mercado. El amplio espectro de formas con una apariencia original […] ya presente en el mercado limita la probabilidad de que una forma en concreto sea considerada como un caso aparte de las normas predominantes en dicho mercado y, por lo tanto, de que sean identificadas por los consumidores exclusivamente en base a su especificidad o su originalidad
.
Con todo, Gibson tiene una colección considerable de solicitudes de patente en la EUIPO, entre las que se pueden encontrar al menos esta y esta referentes a la Flying V en la categoría de instrumentos musicales de cuerda. Y nada hace pensar que vayan a dejar perseguir agresivamente esta línea tras la re-estructuración actometida a raíz de su declaración de quiebra para solicitar la protección de bancarrota del año pasado.
Al menos esa es la impresión que transmite el vídeo ahora retirado de YouTube pero conservado en reddit de Mark Agnesi, Director de Experiencia de Marca de Gibson [03m39s], en el que le dice a los otros fabricantes que «han sido avisados» y que la gente de Gibson esta ahí «para proteger [su] legado emblemático en los diseños que [han] creado a lo largo de generaciones».
No sé nada de este señor, ni de quién fue el responsable de realizar y publicar el vídeo. Puede que fuera idea suya —por lo poco que entiendo de su cargo, cae directamente bajo su competencia y sería el máximo responsable— o que haya tenido que hacerlo por indicación de sus superiores a instancias de otras personas. Lo que sí sé es que el mensaje no fue muy bien recibido y, es de suponer, por ello lo retiraron al poco tiempo.
Algunas personas no tardaron en señalar que el mismo protagonista del vídeo no disimulaba su aprecio por una Ibanez Rocket Roll [02m33s]. Él mismo cuenta como a finales de los 70 Ibanez imitó los diseños de Gibson con lo que se conocen como las lawsuit guitars (guitarras de pleito).
Esta mención es pertinente a todo lo anterior porque, hasta donde he podido ver, el apelativo deriva de la denuncia que Gibson hizo sobre la copia del diseño del clavijero. Al menos así es como lo señalan en Soundfly y en Jazz Guitar Online. Creo que es igualmente relevante que el caso se cerrara con un acuerdo fuera de los tribunales. De hecho, en denuncias similares más recientes contra otros fabricantes (Fernandes y PRS) los procesos han acabado dando la razón a los demandados. Ya se verá que pasa con su denuncia contra Dean.
Independientemente de la legitimidad de estas acciones legales, no creo que sea muy positivo para la marca reconocer que lo que pueden aportar como fabricante de guitarras hoy en día está enfocado a litigar sobre diseños de hace sesenta años.